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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39651 >> Fecha 01/04/2016 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39651 - Articulo 1
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Nº 39651-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

Con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 140 incisos 3), 18 y 146 de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), Ley de Planificación Nacional (Nº 5525 de 2 de mayo de 1974), Ley de Protección al Ciudadano de Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Nº 8220 de 4 de marzo de 2002), Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios (Nº 9158 de 8 de agosto de 2013), Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Nº 8968 de 7 de julio de 2011), Ley de Regulación del Derecho de Petición (N° 9097 de 26 de octubre de 2012), Reglamento a la ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios (Decreto Ejecutivo Nº 39096-PLAN de 28 de abril de 2015), Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) (Decreto Ejecutivo 16768 de 30 de enero de 1986), Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación (N°37735-PLAN de 6 de mayo de 2013), artículo 16 del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto Ejecutivo Nº37045-MP-MEIC de 22 de febrero de 2012), Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población sexualmente diversa (Decreto Ejecutivo Nº38999 de 12 de mayo de 2015) y la Directriz Decenio Internacional de los Afrodescendientes (Nº 022-P de 24 de marzo de 2015).

Considerando:

I.—Que conforme lo indican los artículos 19 de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios y el 16 del Reglamento a la ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, las contralorías de servicios deben estar regidas por un reglamento interno para su funcionamiento, el cual deberá ser emitido de acuerdo con los lineamientos dispuestos en la Ley Nº 9158 y las Guías que al respecto emita la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios.

II.—Que conforme la integración del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), como ente rector del mismo, debe apoyar y fortalecer el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios a fin de promover, con la participación de las personas usuarias, el mejoramiento continuo e innovación en la prestación de los servicios que brindan las organizaciones, como órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda una organización.

III.—Que en implementación del artículo 11 de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, se crea la Contraloría de Servicios Institucional, la cual opera como órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda MIDEPLAN, la cual podrá establecer contralorías de servicios regionales, que dependerán de la contraloría de servicios institucional. Que con el fin de lograr el mejor desempeño institucional, el jerarca estará constreñido a responder las consultas, propuestas, sugerencias y recomendaciones hechas por la Contraloría de Servicios en un plazo de 10 días hábiles, conforme lo indica el artículo 6 de la Ley Nº 9097.

IV.—Que de conformidad con el artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto Ejecutivo Nº 37045-MP-MEIC de 22 de febrero de 2012) se procedió a llenar el Formulario de Evaluación Costo Beneficio en la Sección I denominada Control Previo de Mejora Regulatoria, siendo que el mismo dio resultado negativo y que la propuesta no contiene trámites ni requerimientos.

V.—El presente Decreto Ejecutivo, no contiene medidas de organización o reorganización administrativas que alteren la estructura de MIDEPLAN. Que conforme el Oficio Nº DM-182-13 de 16 de abril de 2013, suscrito por el señor Roberto J. Gallardo Núñez, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, se avaló la creación de la Contraloría de Servicios en la institución como parte de la estructura organizacional del Ministerio. Por tanto,

Decretan:

Creación y Reglamento Interno de Organización

y Funcionamiento de la Contraloría de Servicios

del Ministerio de Planificación Nacional

y Política Económica (MIDEPLAN)

Artículo 1º—Objeto de la Contraloría de Servicios. El presente instrumento tiene como objeto regular el funcionamiento de la Contraloría de Servicios del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), conforme lo establecido en la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios y su reglamento. Así como, promover y garantizar el respeto de los derechos de las personas usuarias y establecer políticas de calidad, en la prestación de los servicios que brinda MIDEPLAN.

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