Nº
39651-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 140 incisos
3), 18 y 146 de la Constitución Política, la Ley General de la Administración
Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), Ley de Planificación Nacional (Nº 5525
de 2 de mayo de 1974), Ley de Protección al Ciudadano de Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos (Nº 8220 de 4 de marzo de 2002), Ley Reguladora del
Sistema Nacional de Contralorías de Servicios (Nº 9158 de 8 de agosto de 2013),
Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales
(Nº 8968 de 7 de julio de 2011), Ley de Regulación del Derecho de Petición (N°
9097 de 26 de octubre de 2012), Reglamento a la ley Reguladora del Sistema
Nacional de Contraloría de Servicios (Decreto Ejecutivo Nº 39096-PLAN de 28 de
abril de 2015), Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)
(Decreto Ejecutivo 16768 de 30 de enero de 1986), Reglamento General del
Sistema Nacional de Planificación (N°37735-PLAN de 6 de mayo de 2013), artículo
16 del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos
y Trámites Administrativos (Decreto Ejecutivo Nº37045-MP-MEIC de 22 de febrero
de 2012), Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la
discriminación hacia la población sexualmente diversa (Decreto Ejecutivo
Nº38999 de 12 de mayo de 2015) y la Directriz Decenio Internacional de los
Afrodescendientes (Nº 022-P de 24 de marzo de 2015).
Considerando:
I.—Que conforme lo indican los artículos 19 de la Ley
Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios y el 16 del
Reglamento a la ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de
Servicios, las contralorías de servicios deben estar regidas por un reglamento
interno para su funcionamiento, el cual deberá ser emitido de acuerdo con los
lineamientos dispuestos en la Ley Nº 9158 y las Guías que al respecto emita la
Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios.
II.—Que
conforme la integración del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios el
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN),
como ente rector del mismo, debe apoyar y fortalecer el cumplimiento de los
objetivos del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios a fin de promover,
con la participación de las personas usuarias, el mejoramiento continuo e
innovación en la prestación de los servicios que brindan las organizaciones,
como órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad
y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda una organización.
III.—Que
en implementación del artículo 11 de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios, se crea la Contraloría de Servicios Institucional,
la cual opera como órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de
efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda MIDEPLAN, la cual podrá establecer contralorías
de servicios regionales, que dependerán de la contraloría de servicios
institucional. Que con el fin de lograr el mejor desempeño institucional, el
jerarca estará constreñido a responder las consultas, propuestas, sugerencias y
recomendaciones hechas por la Contraloría de Servicios en un plazo de 10 días
hábiles, conforme lo indica el artículo 6 de la Ley Nº 9097.
IV.—Que
de conformidad con el artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al
Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto
Ejecutivo Nº 37045-MP-MEIC de 22 de febrero de 2012) se procedió a llenar el
Formulario de Evaluación Costo Beneficio en la Sección I denominada Control
Previo de Mejora Regulatoria, siendo que el mismo dio resultado negativo y que
la propuesta no contiene trámites ni requerimientos.
V.—El
presente Decreto Ejecutivo, no contiene medidas de organización o reorganización
administrativas que alteren la estructura de MIDEPLAN.
Que conforme el Oficio Nº DM-182-13 de 16 de abril de 2013, suscrito por el
señor Roberto J. Gallardo Núñez, Ministro de Planificación Nacional y Política
Económica, se avaló la creación de la Contraloría de Servicios en la
institución como parte de la estructura organizacional del Ministerio. Por
tanto,
Decretan:
Creación y Reglamento
Interno de Organización
y Funcionamiento de la Contraloría de
Servicios
del Ministerio de Planificación
Nacional
y Política Económica (MIDEPLAN)
Artículo 1º—Objeto de la Contraloría de Servicios. El presente
instrumento tiene como objeto regular el funcionamiento de la Contraloría de
Servicios del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), conforme lo establecido en la Ley
Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios y su reglamento.
Así como, promover y garantizar el respeto de los derechos de las personas
usuarias y establecer políticas de calidad, en la prestación de los servicios
que brinda MIDEPLAN.