TRANSITORIO II
En un lapso de seis meses desde
la entrada en vigencia de la presente ley, el Instituto Costarricense de
Ferrocarriles (lncofer) deberá realizar un estudio para viabilizar la conexión
ferroviaria al Atlántico, por la vía Turrialba-Siquirres.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Ciudad de San José, a
los veintiocho días del mes junio del año dos mil dieciséis.
|