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 Normativa >> Reglamento municipal 08 >> Fecha 20/06/2016 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 08 - Articulo 9
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Artículo 9
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De la inscripción ante la Secretaría Municipal

Artículo 9º—Los actores comunales deberán de inscribirse ante la Secretaría del Concejo Municipal, a más tardar el último día hábil del mes de febrero. Para dicha inscripción deberá de presentar lo siguiente:

a. Respectiva cédula jurídica o física de sus integrantes según corresponda.

b. Nombre completo de los integrantes de la Junta o grupo de trabajo, indicando cuál de ellos es el coordinador.

c. Lugar el cantón en donde desarrollan su trabajo comunal.

d. Lista de proyectos en los que han estado involucrados.

e. Espacio de tiempo en que han estado realizando trabajo comunal.

f. Dirección exacta, teléfono y correo electrónico donde puedan recibir información.  


 

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