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 Normativa >> Reglamento municipal 08 >> Fecha 20/06/2016 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 08 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—En la votación cada actor comunal deberá designar un representante, quién tendrá la potestad de decidir en nombre de su representada.


 

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