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 Normativa >> Reglamento municipal 08 >> Fecha 20/06/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 08 - Articulo 2
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Artículo 2
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De las definiciones:

Artículo 2º—Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

a. Cantón: Cantón de Montes de Oca.

b. Concejo Municipal: Concejo Municipal de Montes de Oca.

c. La Municipalidad: Municipalidad de Montes de Oca.

d. Código: Código Municipal.

e. Presupuesto Participativo: Es una herramienta de planificación local, que permite una relación permanente del gobierno con la población a través de un modelo de gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de forma directa, voluntaria y universal en lo que compete a la propuesta, vigilancia y seguimiento de los proyectos cantonales y se propicia un sentido de pertenencia e inclusión en los asuntos públicos.

f. POA: Plan Operativo Anual.

g. PO: Presupuesto Ordinario.

h. Planificación Institucional: Oficina de Planificación Institucional.

i. Asamblea Distrital Ampliada: Asamblea del Concejo de Distrito en donde participan con voz y voto los actores comunales involucrados en el proceso de presupuesto participativo.

j. Agenda Distrital: Es el elemento que vincula las ideas, acciones identificadas en la comunidad con la formalidad que requiere la Planificación Municipal.

k. Equipo operativo institucional: Personal calificado designado por el Alcalde Municipal para ser parte del proceso de presupuestos participativos

l. Actores comunales: Son todos los grupos organizados del cantón que participen en el proceso de presupuestos participativos.


 

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