De las
definiciones:
Artículo
2º—Para los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes
definiciones:
a.
Cantón: Cantón de Montes de Oca.
b. Concejo Municipal: Concejo Municipal de Montes de
Oca.
c. La Municipalidad: Municipalidad de Montes de Oca.
d. Código: Código Municipal.
e.
Presupuesto Participativo: Es una herramienta de planificación local, que
permite una relación permanente del gobierno con la población a través de un
modelo de gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de forma
directa, voluntaria y universal en lo que compete a la propuesta, vigilancia y
seguimiento de los proyectos cantonales y se propicia un sentido de pertenencia
e inclusión en los asuntos públicos.
f. POA: Plan Operativo Anual.
g. PO: Presupuesto Ordinario.
h. Planificación Institucional: Oficina de
Planificación Institucional.
i.
Asamblea Distrital Ampliada: Asamblea del Concejo de Distrito en donde
participan con voz y voto los actores comunales involucrados en el proceso de
presupuesto participativo.
j.
Agenda Distrital: Es el elemento que vincula las ideas, acciones identificadas
en la comunidad con la formalidad que requiere la Planificación Municipal.
k.
Equipo operativo institucional: Personal calificado designado por el Alcalde
Municipal para ser parte del proceso de presupuestos participativos
l.
Actores comunales: Son todos los grupos organizados del cantón que participen
en el proceso de presupuestos participativos.
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