Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 08 >> Fecha 20/06/2016 >> Articulo 39
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 39
Normativa - Reglamento municipal 08 - Articulo 39
Ir al final de los resultados
Artículo 39
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 39.—Este reglamento rige a partir de su publicación cumpliendo el procedimiento del artículo número 43 del Código Municipal.

Publíquese en el diario oficial La Gaceta.

Acuerdo definitivamente aprobado por el Concejo Municipal de Montes de Oca, en la Sesión Ordinaria N° 08-2016, Artículo N° 16.1, del día 20 de junio del 2016.

 

 

Ir al inicio de los resultados