CAPÍTULO TERCERO
De los participantes en el proceso
Equipo
operativo institucional
Artículo
6º—El equipo operativo institucional será definido por el Alcalde, los cuales
deberán ser profesionales y técnicos municipales debidamente capacitados, de
manera que colaboren en el desarrollo del proceso de los presupuestos
participativos. Tienen la responsabilidad de brindar el soporte técnico y el
apoyo en el proceso de planificación, así como en la capacitación de los
participantes en los diferentes talleres.
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