24
Artículo 24.La dirección técnica y administrativa del Instituto estará a
cargo de un director general, nombrado por la Junta Directiva. En el reglamento general se
determinarán el funcionamiento del Instituto y su estructura orgánica y administrativa.
(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N° 8289 de 10 de julio del 2002)
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