Artículo
27.- Naturaleza.
La
Secretaría Técnica de Salud Mental es un órgano técnico, adscrito al
despacho del ministro de Salud, cuyo objetivo es abordar de forma integral el
tema de la salud mental desde la perspectiva del ejercicio de la Rectoría del
Sistema Nacional de Salud, con la participación de otras instituciones públicas
y privadas, la sociedad civil organizada y la comunidad académica y científica.
(Así adicionado por el artículo 4° de la
ley N° 9213 del 4° de marzo de 2014, "Creación de la Secretaría Técnica
de Salud Mental")
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