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Ley Orgánica del Ministerio de Salud
LIBRO I
De las Atribuciones y Organización General del Ministerio
TITULO I
CAPITULO UNICO
De las atribuciones del Ministerio
Artículo 1º.- La definición de la política nacional de salud, y la
organización, coordinación y suprema dirección de los servicios de salud
del país, corresponden al Poder Ejecutivo, el que ejercerá tales
funciones por medio del Ministerio de Salud, al cual se denominará para
los efectos de esta ley "Ministerio".
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