36
Artículo 44.Corresponde a la OCIS proporcionar apoyo administrativo a los
programas que se le encomienden, ajustándose a la política general del Ministerio. Para
ello, gozará de independencia tanto económica como administrativa, y de personalidad
jurídica instrumental; además, estará exenta del pago de toda clase de impuestos y
sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República.
(Así reformado por el artículo 2 de la Ley N° 8270 de 2 de mayo del 2002)
(Así corrida su numeración
por el artículo 4° de la ley N° 9213 del 4° de marzo de 2014, "Creación
de la Secretaría Técnica de Salud Mental", que lo traspaso del antiguo
artículo 36 al 44)
|