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ARTICULO 17.- Se autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería,
a traspasarle al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes la
administración del Monumento Nacional Guayabo. Se autoriza también al
Servicio de Parques Nacionales a cambiar el nombre de Parque Recreativo
Nacional Playas de Manuel Antonio, por el de Parque Nacional Manuel
Antonio.
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