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 Normativa >> Ley 6084 >> Fecha 24/08/1977 >> Articulo 17
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Normativa - Ley 6084 - Articulo 17
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Artículo 17
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17

ARTICULO 17.- Se autoriza al Ministerio de Agricultura y Ganadería,

a traspasarle al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes la

administración del Monumento Nacional Guayabo. Se autoriza también al

Servicio de Parques Nacionales a cambiar el nombre de Parque Recreativo

Nacional Playas de Manuel Antonio, por el de Parque Nacional Manuel

Antonio.

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