Artículo 6
Los Estados
Partes se comprometen a formular y ,aplicar políticas que tengan por objetivo
el trato equitativo y la generación de igualdad de oportunidades para todas las
personas, de conformidad con el alcance de esta Convención, entre ellas,
políticas de tipo educativo, medidas de carácter laboral o social, o de
cualquier otra índole de promoción, y la difusión de la legislación sobre la
materia por todos los medios posibles, incluida cualquier forma y medio de
comunicación masiva e Internet.
|