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 Normativa >> Tratados Internacionales 9358 >> Fecha 05/08/2016 >> Articulo 8
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Normativa - Tratados Internacionales 9358 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8

Los Estados Partes se comprometen a garantizar que la adopción de medidas de cualquier tipo, incluidas aquellas en materia de seguridad, no discriminen directa ni indirectamente a personas o grupos de personas por ninguno de los criterios mencionados en el artículo 1.1 de esta Convención.

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