ARTÍCULO 44.- Adición del inciso p) al artículo 3 de la Ley N.° 5662. Se adiciona el
inciso p) al artículo 3 de la Ley N.° 5662, Ley de Desarrollo Social y
Asignaciones Familiares, de 23 de diciembre de 1974, y sus reformas. El texto
dirá:
“Artículo 3.-
[…]
p) Al Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) al menos un
cero coma uno por ciento (0,1%) de los ingresos ordinarios y extraordinarios
percibidos por el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
(Fodesaf), para el desarrollo del Programa de Autonomía de las Personas con
Discapacidad.”
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