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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39833 >> Fecha 25/07/2016 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39833 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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Transitorio III. Las personas que actualmente cuentan con un carné de inspector Ad honorem de recursos naturales o inspector Ad honorem de vida silvestre, o cualquier categoría de colaborador nombrado bajo la regulación anterior, podrán mantener sus credenciales hasta su vencimiento pero deberán inscribirse e integrarse en algún COVIRENA, según lo establecido en el artículo 6. Igualmente podrán optar por solicitar una nueva inscripción, al amparo de lo dispuesto en el presente decreto.


 

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