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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39853 >> Fecha 31/05/2016 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39853 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º— Vigencia: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

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