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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39887 >> Fecha 18/04/2016 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39887 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14 - Los sistemas de tratamiento existentes no requerirán de un nuevo permiso de ubicación en aquellos casos que sean remodelados o ampliados dentro del área de construcción aprobada originalmente. Lo anterior no lo exonera de cumplir con la aprobación de los planos de construcción.

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