Artículo 18 - La memoria de cálculo deberá presentarse
bajo el siguiente formato:
a) Portada:
Nombre del proyecto, nombre de la persona responsable, nombre y firma del
profesional responsable, provincia, cantón, distrito, fecha y lugar de
notificación.
b) Índice de contenidos.
c) Introducción:
en la que se describa brevemente el proyecto, sus antecedentes y sus alcances.
d) Dirección
exacta: indicar detalladamente la dirección exacta del sitio donde se instalará
la planta de tratamiento. Además debe señalar la localidad, distrito, cantón y
provincia respectiva.
e) Sistema
propuesto: justificación del tipo de tratamiento elegido, descripción del
sistema y de cada uno de sus procesos, y diagrama de bloques o de flujo del
proceso de tratamiento.
f) Carga hidráulica:
La estimación de la carga hidráulica a tratar en el caso de Entes Generadores
que aún no existen, deberá basarse en información suministrada por el
propietario, en parámetros de diseño recomendados por fuentes bibliográficas
debidamente adaptados al entorno o en la experiencia de proyectos similares. La
estimación de la carga hidráulica en el caso de entes generadores existentes,
deberá basarse en las mediciones de los caudales, que se documentaran
incluyendo los tipos y sitios de muestreo, número de mediciones y períodos de
tiempo en que fueron realizadas. Deberán considerarse las proyecciones de
población o de niveles de producción correspondientes al período de diseño
seleccionado, el cual no podrá ser inferior a los 5 años. En caso de que los medidores
de caudal sean hidráulicos deberá aportarse el detalle de los cálculos de
diseño.
g) Carga
contaminante: La estimación de la carga contaminante en el caso de Entes
Generadores existentes, deberá realizarse a partir de las caracterizaciones
realizadas por laboratorios que cuenten con permiso sanitario de funcionamiento
otorgado por el Ministerio de Salud. La estimación de la carga contaminante en
el caso de entes generadores que aún no existen, debe efectuarse a partir de
criterios de diseño recomendados por fuentes bibliográficas o por experiencias
documentadas.
Para proyectos de
aguas residuales especiales se deberá incluir la descripción del proceso
generador de las aguas residuales con los correspondientes balances de masa y
energía, así como las etapas en las cuales se producen aguas residuales o
desechos.
El listado de
laboratorios se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Salud
(www.ministeriodesalud.go.cr).
h) Criterios de
diseño: Para cada uno de los procesos del sistema de tratamiento así como para
sus obras conexas, deberán enlistarse los criterios de diseño elegidos para
definir sus dimensiones finales.
i) (Derogado por el artículo 41 del Reglamento
para la disposición al subsuelo de aguas residuales ordinarias tratadas,
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 42075 del 12 de noviembre el 2019)
j) Reuso de aguas residuales tratadas: Cuando el destino final
del agua tratada para reuso sea el riego, se deberá
presentar un diseño del sistema de riego propuesto, elaborado por un profesional
colegiado, que contemple lo siguiente:
i) Una prueba de
absorción superficial del terreno donde se indique la infiltración básica en
milímetros por hora,
ii) Descripción
del tipo de suelo (de acuerdo al Sistema Unificado de Clasificación de Suelos),
iii)Plano del
área susceptible del riego, con indicación de distancia a linderos de
propiedad, con curvas de nivel,
iv)Tipo de
cultivo,
v) Sistema de
riego propuesto,
vi) Memoria de
cálculo del sistema de riego.
k)
Dimensionamiento: Para cada uno de los procesos del sistema de tratamiento así
como para sus obras conexas, deberán enlistarse las dimensiones finales
obtenidas a partir de la carga hidráulica, la carga contaminante y los
criterios de diseño utilizados por el diseñador.
l) Calidad del
efluente: Se estimarán los valores de los parámetros para el efluente del
sistema de tratamiento. Los parámetros a considerar en este apartado, así como
sus concentraciones permisibles son las que se indican en el Reglamento sobre
Vertido y Reuso de Aguas Residuales.
m) Anexos: En
esta sección se incluirán aquellos documentos que den sustento técnico al
diseño propuesto tales como análisis de laboratorio, estudios de suelos,
pruebas de infiltración, diseño del sistema de reuso
y cualquier otro documento que el diseñador o el revisor considere conveniente.