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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39887 >> Fecha 18/04/2016 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39887 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24 - Todo sistema de tratamiento dotado de cubierta superior deberá incluir los dispositivos necesarios para la conducción de los gases generados hasta un sitio adecuado para su ventilación, de modo que se evite la concentración de gases que puedan causar explosión, intoxicación o molestias a las personas. El detalle de dichos dispositivos deberá ser mostrado en los planos constructivos y descritos en la memoria de cálculo.

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