Artículo 27.- El Ministerio de Salud realizará
inspecciones de campo a fin de verificar que las obras construidas de los
sistemas de tratamiento de aguas residuales se ajusten a los proyectos
aprobados. Todo esto de acuerdo con el protocolo establecido en el artículo 19
del "Reglamento para el Trámite de Revisión de los Planos para la
Construcción".
|