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 Normativa >> Ley 6836 >> Fecha 22/12/1982 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 6836 - Articulo 22
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Artículo 22
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22

             Artículo 22.—Esta Ley es de Orden Público y acatamiento Obligatorio para todas las instituciones públicas empleadoras de las personas profesionales a que élla se refiere.

            (Así reformado mediante el artículo 2° de la Ley N° 8423 del 7 de octubre del 2004 .)

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