Art. 13. La Municipalidad de
Nicoya, de forma articularía con Instituciones afines, como MINAET, MOPT, ICT,
Ministerio de Salud, deberá verificar que se cumpla con la normativa ambiental
aplicable, verificando que exista un tratamiento de aguas residuales adecuado o
acorde al uso de la construcción, verificando que no existan lugares en la
parcela que presenten acumulación de aguas residuales que emanen malos olores o
sea agente de propiciar contaminación en la zona pública. Verificar que exista
una disposición adecuada de residuos sólidos, vigilando que no se realicen
actividades en donde se utilicen, descarguen o almacenen sustancias o productos
tóxicos y todo lo concerniente al cumplimiento de la normativa ambiental
vigente.
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