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 Normativa >> Directriz 54 >> Fecha 24/08/2016 >> Articulo 6
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Normativa - Directriz 54 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º. - Como criterios complementarios para la priorización de las familias potenciales beneficiarias de un proyecto de vivienda de interés social financiado al amparo del artículo 59 de la LSFNV, se instruye tomar en consideración los siguientes aspectos:

a. La disminución del desarraigo de la familia, en relación con la ubicación del proyecto de vivienda.

b. Condiciones de vulnerabilidad social: mayor nivel de hacinamiento, mayor cantidad de miembros del núcleo familiar, menores ingresos per cápita y jefatura familiar mujer.

c. Características físicas de la vivienda en que actualmente habita la familia: peor estado físico de la vivienda, menor acceso a servicios básicos de agua y electricidad, peor calidad del servicio sanitario.


 

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