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 Normativa >> Tratados Internacionales 9405 >> Fecha 04/10/2016 >> Articulo 29
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Normativa - Tratados Internacionales 9405 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29

El original del presente Acuerdo, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, se depositará en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.

HECHO en París el día doce de diciembre de dos mil quince.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL los infrascritos, debidamente autorizados a esos efectos, han firmado el presente Acuerdo.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

 

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