Buscar:
 Normativa >> Reglamento 4091 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Reglamento 4091 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 13.-

El manejo y control financiero de los recursos de la reserva para educación y capacitación, estarán a cargo de la Administración Gerencial de la Cooperativa, conforme con las políticas y normas establecidas por el Consejo de Administración, el cual aprobará los desembolsos correspondientes de acuerdo con la disponibilidad del flujo de caja de la cooperativa. A tales efectos se debe generar un asiento contable específico.


 

Ir al inicio de los resultados