ARTÍCULO 14.-
Una vez aprobada la asignación de recursos según el artículo anterior,
con la antelación que indican los sistemas de control interno establecidos en
la cooperativa, el Comité de Educación y Bienestar Social, presentará a la
Gerencia la solicitud de desembolso de los recursos, para cubrir las
necesidades en cada actividad, y una vez que esta finalice, informará a la
Gerencia en detalle los resultados obtenidos, y el desglose de gastos.
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