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 Normativa >> Reglamento 4091 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento 4091 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTÍCULO 6.-

De acuerdo con los objetivos de la Cooperativa definidos en su Estatuto Social, al Plan General de Trabajo y de los objetivos y metas para determinado período aprobados por el Consejo de Administración de la Cooperativa para el ejercicio económico, el Comité debe diseñar un Plan Anual de Educación, Capacitación, Formación e Información Empresarial Cooperativa, dirigido a:

1º.- Asociados.

2º.- Potencialmente asociados

3º.- Directores de los órganos de dirección cooperativa.

4º.- El personal de la cooperativa.

Dicho Plan considerará temas relacionados con los siguientes campos:

a) Dar a conocer y lograr la comprensión de los asociados actuales y potenciales, al personal de la cooperativa, directores y demás integrantes de los órganos sociales, los fundamentos sociales; los valores y los principios; los métodos y los procedimientos que deben aplicarse en cooperativismo, para obtener los mejores resultados en la administración y dirección superior de la cooperativa, y en su gestión empresarial.

b) Educar, formar y capacitar a sus asociados, directores y demás integrantes de los órganos sociales, y al personal, para que atiendan los deberes y funciones que les corresponde en la cooperativa.

c) Motivar a los asociados para que ejerzan sus derechos en la cooperativa.

d) Dar a conocer a los asociados y potenciales asociados, así como a sus directores, demás integrantes de los órganos sociales, y al personal, la estructura organizacional de la cooperativa, los derechos, las atribuciones, y las responsabilidades de los órganos que la componen y de las personas que los integran.

e) Dar a conocer a los asociados y potenciales asociados, las leyes, reglamentos, estatuto, normas y procedimientos y otras disposiciones que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país pueden ser aplicadas a la cooperativa como persona jurídica o a sus miembros.

f) Fortalecer en los asociados la democracia participativa para elegir y ser electos en órganos sociales, y destacar el derecho de propiedad o sentido de pertenencia de su cooperativa.

g) Divulgar y motivar a los asociados sobre el buen uso de los servicios cooperativos y el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

h) Coordinar con instituciones públicas o privadas, relacionadas o no con el quehacer cooperativo, para que en conjunto y por medio de capacitación, infundan en los asociados, en el personal, directores y demás integrantes de los órganos sociales, la importancia de aplicar procedimientos modernos de acuerdo con adelantos científicos y tecnológicos, con el objetivo de que logren aumentar la productividad y mejorar la calidad de acuerdo con las actividades a que se dedican.

i) Impulsar planes, métodos y programas que capaciten a los asociados para aprovechar al máximo los recursos naturales que sean necesarios para su subsistencia y desarrollo, sin debilitar dañar o destruir el medio ambiente.

j) Impulsar campañas para atraer nuevos asociados a la organización, o bien para reactivar aquellos que presenten el carácter de inactivos.

k) Fortalecer la capacitación y participación de las mujeres, la juventud y la niñez en el ámbito cooperativo.

l) Formular programas de educación, capacitación y formación empresarial cooperativa continua, para mejorar el nivel de eficiencia de la cooperativa.

El Comité de Educación deberá aprobar dicho Plan Anual de Educación, Capacitación, Formación e Información Empresarial Cooperativa, antes del cierre del presupuesto.


 

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