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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39974 >> Fecha 10/10/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39974 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2°-Cálculo del impuesto. El Impuesto sobre la Propiedad se debe calcular utilizando la tabla definida en el artículo 1 del presente decreto, la cual se debe aplicar al valor de los vehículos conforme corresponda según los rangos y la tasa indicada en forma progresiva.

Seguidamente se ilustra con un ejemplo el procedimiento para determinar el monto del Impuesto sobre la Propiedad, en el supuesto de la valoración de un vehículo cuyo valor sea de diez millones de colones (¢10.000.000,00). El monto del Impuesto sobre la Propiedad será:

 

Valor en tramos

Tasa

Impuesto Propiedad

Monto Impuesto Propiedad por

rango

Total acumulado

los primeros ¢340.000,00

¢26.000,00

¢26.000,00

¢26.000,00

por los ¢1.000.000,00

1,20%

¢12.000,00

¢38.000,00

por los ¢1.320.000,00

1,50%

¢19.800,00

¢57.800,00

por los ¢1.350.000,00

2,00%

¢27.000,00

¢84.800,00

por los ¢990.000,00

2,50%

¢24.750,00

¢109.550,00

por los ¢1.010.000,00

3,00%

¢30.300,00

¢139.850,00

por los ¢3.990.000,00

3,50%

¢139.650,00

¢279.500,00

Total a pagar por los ¢10.000.000,00

¢279.500,00

 

 

 

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