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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39981 >> Fecha 20/10/2016 >> Articulo 5
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<<     Artículo 5
Normativa - Decreto Ejecutivo 39981 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Artículo 5.- Vigencia. Conforme lo que establece el artículo 31 del Decreto Ejecutivo N° 39303-MOPT-H del 5 de noviembre de dos mil quince, el presente Decreto Ejecutivo rige a partir del primero de noviembre del año dos mil dieciséis.

Dado  en  la Presidencia  de  la República.-San  José,  a  los 20 días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

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