Buscar:
 Normativa >> Reglamento 34 >> Fecha 28/07/2016 >> Articulo 9
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 9     >>
Normativa - Reglamento 34 - Articulo 9
Ir al final de los resultados
Artículo 9
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 9.- De la ejecución. La ejecución del contrato deberá ajustarse a los planes de trabajo de cada dirección y demás controles previamente establecidos y aprobados por la Dirección Ejecutiva.

Ir al inicio de los resultados