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 Normativa >> Reglamento 34 >> Fecha 28/07/2016 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento 34 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.- Del formulario “liquidación de pago de kilometraje”

Para hacer efectivo el cobro por kilometraje recorrido, el funcionario arrendador deberá confeccionar la respectiva liquidación mediante el formulario denominado “Liquidación del pago de kilometraje”. El formulario deberá contener los siguientes datos:

a) Número del consecutivo del formulario.

b) Fecha de liquidación

c) Código presupuestario

d) Nombre del funcionario arrendante.

e) Número de cédula de identidad.

f) Puesto o cargo que desempeña.

g) Unidad Administrativa o rectoría a la que pertenece.

h) Número de placa del vehículo.

i) Fecha del contrato.

j) Inicio del viaje indicando lugar, día y hora.

k) Término del viaje indicando lugar, día y hora.

l) Detalle de cada una de las giras, especificando el kilometraje recorrido por cada gira por día, el kilometraje total recorrido  el monto total a pagar de acuerdo con la tarifa vigente.

m) Otros gastos (peajes, transbordo, estacionamiento, u otros).

n) Valor total en letras

o) ñ) Firma del arrendador

p) Nombre y firma del que autoriza las giras (Coordinador de la Unidad Administrativa, Director correspondiente y/o rector).

q) Nombre y firma del encargado de la Unidad de Servicios Generales.

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