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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39997 >> Fecha 03/11/2016 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39997 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.- El Ministerio de Salud no confeccionará certificados de vacunas aplicadas en otros países.


 

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