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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39997 >> Fecha 03/11/2016 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39997 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.-Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. -San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

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