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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39952 >> Fecha 27/07/2016 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39952 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Que los estándares para manejo sostenible deben ser una herramienta que defina claramente las funciones de los diferentes actores relacionados con la actividad. Por lo cual se ha determinado implementar tres instrumentos de trabajo que definen los estándares de manejo sostenible y que se relacionan entre sí:

a) Los Principios, Criterios e Indicadores, como instrumento que vela por los intereses de la sociedad y que pretende medir la integridad ecológica de los bosques manejados.

b) El Código de Prácticas, como un instrumento que regula las actividades privadas de manejo en el bosque como actividad productiva y define el campo de acción del ingeniero forestal, del regente forestal, del dueño del bosque y del encargado del aprovechamiento.

c) El Manual de Procedimientos, como un instrumento de la Administración Forestal del Estado (AFE) para garantizar la gobernabilidad y la seguridad jurídica del sector forestal, así como para definir el campo de acción del oficial de la AFE.

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