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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39984 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39984 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22. — Todos los actos con efectos jurídicos que se realicen por medio del Sistema Receta Digital, deberán estar suscritos mediante firma digital certificada emitida al amparo de lo dispuesto en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos y su Reglamento. La firma digital certificada se empleará también como medio de autenticación del usuario al iniciar sesión en el Sistema.


 

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