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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39984 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39984 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28. — Al momento de inscribirse en el Registro de Usuarios de Sistema de Receta Digital, los usuarios deberán designar una dirección de correo electrónico como su domicilio legal para la recepción de notificaciones relacionadas con los trámites gestionados en el Sistema. Este señalamiento deberá realizarse mediante una manifestación expresa. La seriedad y seguridad de la cuenta designada es responsabilidad del usuario.

El domicilio electrónico podrá ser modificado en el Sistema en cualquier momento, sin perjuicio de las consecuencias jurídicas surgidas hasta ese momento producto de las notificaciones efectuadas al domicilio electrónico permanente anterior.


 

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