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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39922 >> Fecha 05/08/2016 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39922 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19: Procedimiento a seguir. Las principales reglas que deben respetarse en la sala de consulta y atención al usuario serán las siguientes:

 Todo usuario deberá proceder a identificarse debidamente de previo a realizar su consulta, para lo cual deberán identificarse y registrarse en el control de usuarios.

 No se debe fumar, comer, ni beber dentro de las instalaciones del Archivo Central.

 Se debe guardar silencio y comportarse de una forma respetuosa.

 No se deben doblar o arrugar los documentos.

 No se debe humedecer los dedos para pasar los documentos.

 No se debe rayar, calcar o escribir sobre los documentos, ni podrá sacar documentos del Archivo Central.

 Se debe llenar el formulario de solicitud de préstamo.

 El equipo que se utilice para facilitar la consulta, debe ser tratado con precaución.

 Cualquier otra situación que se establezca.

 Quién no cumpla con las anteriores disposiciones, será retirado de la sala de consulta y atención al usuario.


 

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