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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40018 >> Fecha 14/11/2016 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40018 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28.- Acceso a fondos congelados o inmovilizados. El acceso a fondos, depósitos y otras operaciones se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del presente Reglamento.


 

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