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 Normativa >> Tratados Internacionales 9403 - A >> Fecha 06/10/2016 >> Articulo 22
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Normativa - Tratados Internacionales 9403 - A - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22

Intercambio de información: confidencialidad y protección de los datos

1. Cada Parte designará la autoridad competente a la que se deberán facilitar los datos a que se hace referencia en los artículos 20, 21 y 24, y notificará a las Partes dicha designación por conducto de la Secretaría del Convenio.

2. El intercambio de información en virtud del presente Protocolo estará sujeto al derecho interno en lo referente a la confidencialidad y la privacidad. Las Partes protegerán, según decidan de común acuerdo, toda la información confidencial que se intercambie.


 

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