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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39882 >> Fecha 26/08/2016 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39882 - Articulo 1
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N.º 39882-MP-MIDEPLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN

NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

En uso de las facultades conferidas en los artículos 140, incisos 3, 18, y 146 de la Constitución Política; los artículos 25.1, 27.1, 49 al 58, 99 y 100 de la Ley General de Administración Pública, Ley nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y los artículos 1 º, 3º, 4º, 14 y 19 de la Ley de Planificación Nacional, Ley nº 5525 del 2 de mayo de 1974);y,

Considerando:

l. Que desde el 1 º de junio de 2007 se constituyó el Consejo Regional para el Desarrollo de la Provincia de Limón (COREDES - PROLI), mediante el Decreto Ejecutivo n. º 33778 del 18 de mayo del 2007.

II. Que la presente Administración mediante el Decreto Ejecutivo n.º 38828- MP-PLAN del 20 de enero de 2015, inició la implementación del Programa Costa Rica desde el Caribe, coordinado por el COREDES - PROLI.

III. Que el Gobierno de la República busca impulsar el desarrollo regional como una estrategia para combatir la desigualdad territorial y sus efectos en la calidad de vida, potencial y derechos de sus habitantes.

IV. Que la Región Huetar Caribe, en su especificidad, posee un potencial de desarrollo basado en su posición estratégica para el impulso del intercambio internacional en materia comercial, cultural y social. Estas condiciones son fundamentales, para que, en el marco de una adecuada estrategia de desarrollo integral sostenible pueda modificar las tendencias que hoy limitan el desarrollo humano de sus habitantes.

V. Que el Poder Ejecutivo considera de máximo interés público generar las condiciones, estructuras y relaciones para que el COREDES-PROLI continúe brindando su aporte a la definición e implementación de estrategias para el desarrollo regional.

VI. Que resulta conveniente concertar una ruta para que, sin afectar los procesos y proyectos de gestión del desarrollo regional que actualmente impulsa el COREDES-PROLI, se brinde participación en este Consejo Regional de Desarrollo a otros actores relevantes de la región.

VII. Que el Reglamento General de Planificación (SNP), el Subsistema de Planificación Regional con la finalidad de coordinar la planificación del desarrollo regional, con visión de largo, mediano y corto plazo, con especial atención a la planificación regional y a la disminución de los desequilibrios territoriales. Por tanto,

DECRETAN

"FORTALECIMIENTO DEL CONSEJO REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE

LA PROVINCIA DE LIMÓN (COREDES — PROLI)"

Artículo 1°.- Deróguese el Artículo 34 del Decreto Ejecutivo n.° 39453-MP-PLAN, denominado "Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos Regionales de Desarrollo", publicado en el Alcance Digital n.° 28 del Diario Oficial La Gaceta n.° 41 del 29 de febrero de 2016.

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