Artículo 2°.- La Coordinadora General del COREDES-PROLI deberá definir
una hoja de ruta que permita sumar a la Asamblea General de dicho Consejo
Regional a aquellas representaciones de actores regionales que se contemplan en
el artículo 9 del Decreto Ejecutivo N° 39453-MP-PLAN del 14 de octubre del 2015
"Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos Regionales
de Desarrollo" y que no están contemplados en el artículo 6 del
Decreto Ejecutivo N° 33778 del 18 de mayo del 200, que creó al COREDES-PROLI.
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