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 Normativa >> Ley 5182 >> Fecha 15/02/1973 >> Articulo 11
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Normativa - Ley 5182 - Articulo 11
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Artículo 11
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11

        Artículo 11.- Corresponde a la Asamblea Universitaria:

a) Elegir Rector, Secretario de la Universidad y los miembros del Consejo Universitario a que hace referencia el artículo 12, en votación secreta y por mayoría de votos;

b) Aprobar y modificar el Estatuto Orgánico de la Universidad;

c) Dar su aprobación a las proposiciones del Consejo Universitario sobre creación, fusión, reforma o supresión de Facultades.

d) Conocer en apelación de las resoluciones del Consejo en los casos señalados por el Estatuto;

e) Resolver definitivamente y sin ulterior recurso, los conflictos que se susciten entre los diferentes organismos universitarios;

f) Autorizar la enajenación o la imposición de gravámenes a bienes cuyo valor exceda de cien mil colones; y

g) Conocer de la memoria anual que le presentará el Rector.

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