Buscar:
 Normativa >> Ley 9416 >> Fecha 14/12/2016 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Ley 9416 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIO IV.-Los requerimientos de información por suministro que deben cumplir los grandes contribuyentes, relacionados con la información de accionistas de las personas o estructuras jurídicas, se deberán continuar suministrando hasta que la Dirección de Grandes Contribuyentes tenga el acceso a la base de datos que va a administrar el Banco Central de Costa Rica, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley.

Ir al inicio de los resultados