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 Normativa >> Ley 9404 >> Fecha 19/10/2016 >> Articulo 26
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Normativa - Ley 9404 - Articulo 26
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Artículo 26
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ARTÍCULO 26.- Campañas de prevención

El Ministerio de Educación Pública (MEP), por medio de la Dirección de Vida Estudiantil, desarrollará campañas, foros o cualquier otra modalidad que conduzca a la sensibilización, la prevención y la erradicación del acoso escolar o “bullying, de acuerdo con los objetivos y los fines propuestos en esta ley y los protocolos establecidos por el Ministerio de Educación Pública.

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