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 Normativa >> Ley 9404 >> Fecha 19/10/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 9404 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2.-  Interés público

Esta ley es de orden público e interés social; está destinada a lograr un ambiente libre de acoso escolar o “bullying” físico, sexual, psicológico, verbal y cibernético, procurando el respeto de los derechos humanos y el cumplimiento de los principios de tolerancia, respeto a la dignidad humana, igualdad, equidad y convivencia pacífica y social.

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