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 Normativa >> Ley 9417 >> Fecha 21/12/2016 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 9417 - Articulo 5
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Artículo 5
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ARTÍCULO 5. - Normas de ejecución

Se autorizan las siguientes normas de ejecución presupuestaria:

1)Se autoriza al Museo de Arte Costarricense para que los recursosincorporados en la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 213 751 70102 280 2310 3320 202, por un monto de mil cuatrocientos cincuenta millones de colones (¢1.450.000.000) o el saldo que exista que "incluye recursos para el proyecto La Aduana, para mejoras en la infraestructura del Museo de Arte Costarricense, para compra de una casa para reubicar las oficinas administrativas, según Ley N.° 6091", se reintegre al fondo general del gobierno novecientos noventa y siete millones cuatro mil cuatrocientos treinta y siete colones (¢997.004.437), para posteriormente ser presupuestado por el Ministerio de Cultura y Juventud para desarrollar dicho proyecto.

2)Se autoriza a la Municipalidad de Jiménez para que varíe el destino de lapartida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 902 70104 327 001 2310 3310, por dos millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos un colones (¢2.177.401) o el saldo que exista, destinado a "colocación de malla en cancha de basquetbol de Juray, distrito de Pejibaye", a fin de que se utilice para la construcción de doscientos metros lineales (200 m) de aceras en Juray.

3)Se autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de lapartida aprobada mediante la Ley N.° 9166, artículo 4, inciso 38) para "Construcción del edificio municipal de Puriscal", a fin de que el saldo de dicha partida se utilice para la construcción de aceras de los edificios municipales del cantón de Puriscal.

4)Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino dela partida aprobada mediante la Ley N.° 9385, artículo 5, inciso 15), por un monto de un millón diecinueve mil ciento noventa colones (¢1.019.190) o el saldo que exista, destinado a "proyecto mejoras en salón de deportes de la comunidad de Fátima", a fin de que se utilice en acondicionamiento de las aulas en el templo católico barrio Los Ángeles, distrito San Pedro.

5)Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino delas siguientes partidas presupuestarias:

- Ley N.° 8691, código presupuestario 232 900 70104 487 280 2310 3120, por un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000) o el saldo que exista, destinado “para la remodelación de la cocina comunal en la comunidad de Santa Eduviges, distrito Páramo”.

- Ley N.° 8790, código presupuestario 232 900 70104 449 280 2310 3310, por un millón doscientos treinta y siete mil seiscientos treinta colones   (¢1.237.630) o el saldo que exista, destinado “para construir malla en la cancha de fútbol de Santa Eduviges, distrito Páramo”.

A fin de que se utilicen para mejorar el salón comunal de Santa Eduviges.

6)Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino dela partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 900 70104 409 280 2310 3412, por un millón trescientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y siete colones (¢1.379.647) o el saldo que exista, destinado “Para la I etapa del levantado de aula en la escuela La Aurora, distrito Daniel Flores”, a fin de que se utilice para mejoras en la cancha de fútbol de Baidambú, distrito Daniel Flores.

7)Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de lapartida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 2210 950, por cincuenta millones de colones (¢50.000.000) o el saldo que exista, destinado a “Construcción y mantenimiento del relleno sanitario del Cantón de Tarrazú, para poder desarrollar un lugar donde se le pueda dar tratamiento adecuado a los residuos sólidos generados en el cantón, con base en el Código Municipal, Ley N.° 7794 de 30/4/98)”, a fin de que se utilice para la construcción de un centro de acopio.

8)Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de lassiguientes partidas presupuestarias:

- Ley N.° 9193, código presupuestario 232 900 60104 252 1 1310 3310, por siete millones doscientos mil colones (¢7.200.000) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la cancha techada de Nápoles, distrito San Lorenzo”.

- Ley N.° 9289, código presupuestario 232 900 70104 252 280 2310 3310, por seis millones setecientos ochenta y cuatro mil seiscientos colones (¢6.784.600) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la cancha techada de Nápoles, segunda etapa, distrito San Lorenzo”.

A fin de que se utilicen para mejoramiento de la cancha de fútbol de la comunidad de Nápoles, del distrito de San Lorenzo.

9)Se autoriza a la Municipalidad de Dota para que varíe el destino de la partidaaprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 900 70104 374 280 2310 3120, por seis millones ochocientos nueve mil setecientos treinta y siete colones (¢6.809.737) o el saldo que exista, destinado “Para construir un ascensor en el edificio municipal de Dota (Ley 7600), mejorar los baños y servicios sanitarios, Distrito Santa María”, a fin de que se utilicen:

- Tres millones de colones (¢3.000.000) para finalización de obras en el edificio municipal.

- Tres millones ochocientos nueve mil setecientos treinta y siete colones (¢3.809.737) para compra de equipo y mobiliario para el salón de sesiones de la Municipalidad de Dota.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

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