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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40099 >> Fecha 20/12/2016 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40099 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5. El trámite para el aprovechamiento se realizará de la siguiente manera:

1. Hasta por un máximo de 15 árboles, el aprovechamiento de los árboles caídos en terrenos de bosques primarios y secundarios, de uso agropecuario, de plantaciones, de Sistemas Agroforestales, de árboles plantados individualmente y de los arrastrados por las crecidas de tos ríos, que se procesen y aprovechen en la misma finca, no requerirán de autorización expedida por la AFE. La madera producto de ese aprovechamiento deberá ser utilizada para In construcción de casas, bodegas, establos, cercas y cualquier otra infraestructura necesaria dentro de la misma propiedad," La AFE de forma paralela real izara operativos de control del aprovechamiento de madera caída con el fin de garnl1lil.ar la protección de los arboles remanentes y minimizar el impacto ambiental.

2.La madera aserrada o en troza, producto de los árboles caídos, que demande ser transportada fuera de la .finca, requerirá de la debida autorización de la AFE, quien demandará del solicitante la solicitud, certificación de propiedad y plano catastrado. Este tipo de solicitud podrá tramitarse a través del funcionario AFE o por regencia forestal. La autorización por parte de la AFE se realizará en. un plazo máximo de 5 días.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40400 del 5 de mayo de 2017)

3. Para aquellas solicitudes menores o iguales a 15 árboles caídos por finca, no se requerirá de inspección previa de la AFE para autorizar el aprovechamiento. Cuando la solicitud sobrepase los 15 individuos el administrado podrá realizar el trámite mediante regencia forestal quedando el regente facultado para solicitar las placas y guías de transporte sin perjuicio de que el administrado pueda solicitar a la AFE la autorización de placas y guías de transporte. Lo anterior no limita que los funcionarios de la AFE realicen inspecciones en cualquier momento previo o posterior a la autorización del aprovechamiento, cuando así lo consideren necesario.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40400 del 5 de mayo de 2017)

4. En situaciones con problemas de accesibilidad en bosques, Ia extracción de la madera caída, sólo podrá realizarse por medio de tracción humana, animal o cualquier tecnología que garantice el mínimo impacto ambiental (sistemas de extracción de cable o winch. desde el sitio donde se ubicó el árbol caído, hasta el lugar de acopio de la madera aserrada. Los sitios de acopio serán en lo posible en terrenos ubicados fuera de los bosques como con potreros u orillas de caminos ya existentes.

5. En situaciones donde existe un plan de manejo, se ejecutó un Plan de Ordenamiento Ambiental o existe una red de caminos y/o trochas cercanas y en buenas condiciones, que permita que la madera pueda ser extraída del bosque en su condición natural de troza, sin que perturbe los procesos de sucesión del bosque, se permitirá su extracción en forma escuadrada o rolliza hasta un patio de acopio, fuera del bosque y dentro de la finca.

6. Bajo el principio precautorio. toda troza o fuste de árbol caído, que de forma evidente, esté siendo utilizado como madriguera o refugio por aves o mamífero silvestres, no podrá ser contabilizado dentro del material a extraer, y deberá permanecer en esa misma condición.

7. Estos permisos requerirán el uso de guías y placas de transporte según sea definido por el Área de Conservación mediante resolución administrativa. La resolución definirá el color de placa a utilizar para este tipo de permisos, tomando en consideración la disponibilidad de los dispositivos existentes en el Área en relación con la demanda de los trámites generados por la emergencia, a fin de no afectar las existencias de dispositivos para otro tipos de permisos atendidos por el Área de Conservación.

(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40400 del 5 de mayo de 2017)

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