TRANSITORIO QUINTO: El Ministerio de Agricultura y Ganadería
establecerá dentro de su estructura , en un plazo de doce meses a partir de la
vigencia del presente decreto, lasÁreas de
Evaluación: química, agronómica, toxicológica y la ecotoxicológica,
como partede la Unidad de Registro de Agroquímicos y
Equipos de Aplicación, y que tendrán a su cargola
revisión, verificación de cumplimiento de requisitos, evaluación y calificación
de losdocumentos y estudios toxicológicos y ecotoxicológicos y de destino ambiental, que establezca
este reglamento en las diferentes modalidades de registro, sin perjuicio de las
competencias constitucionales o legales que correspondan a los Ministerios de
Salud o Ambiente
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